PRESENTACIÓN

          Los expedientes que presentamos con estas líneas son una amplia muestra de la acción de la censura franquista contra la narrativa española del siglo XX. Han sido transcritos más de novecientos expedientes de otras tantas ediciones de obras narrativas de autores españoles entre 1937 y 1976. La selección del corpus pretende servir de registro objetivo de la incidencia que la censura franquista tuvo sobre la producción literaria española y, más concretamente, sobre la narrativa, tema de nuestra monografía Letricidio español. Narrativa y censura franquista, de próxima publicación.

         Toda la información aportada procede de la sección de Cultura del Archivo General de la Administración de Alcalá de Henares. En la selección de obras se ha procurado incluir las novelas más representativas de cada fase del periodo franquista, escogiendo textos —principalmente, novelas— relevantes de la historia literaria española del siglo XX. Los expedientes han sido transcritos tratando de reflejar la sintaxis y la ortografía no siempre correctas de los censores encargados de leer e informar sobre la posible publicación de los textos. Solo en aquellos casos en los que podría dejarse alguna ambigüedad, hemos indicado la fidelidad a la redacción original con la marca “[sic]”. Para poder ofrecer una lectura sencilla de toda la información contenida en los expedientes, los expedientes se han volcado en una ficha común en la que se especifican varios datos: número de expediente, autor y obra, fechas de entrada y de resolución, veredicto, nombre de los evaluadores, informe, tachaduras (cuando las hay), tirada y editorial y otra información anexa.

        No siempre es posible ofrecer toda la información, pues hay casos en los que los expedientes no se conservan íntegros. El nombre del lector, por ejemplo, responde a menudo a una firma ilegible; en esos casos, se aporta el número con el que se le identifica. En cuanto al apartado “Solicitud”, quien esté iniciado en los estudios sobre la censura sabrá que, hasta la primavera de 1966, estos se reducen a “Edición” o “Importación”. A partir de la Ley de Prensa e Imprenta de ese año, los editores podían presentar la obra impresa a “Depósito” directo o bien a “Consulta Voluntaria”, extremo que, como el lector minucioso  observará, influye sobre el veredicto del censor en más de una ocasión. Respecto al número de tachaduras, este dato solo debe tomarse de una forma orientativa. Se refiere al número de páginas que contienen elisiones. No obstante, tan importante como este dato sería el de la extensión de dichas tachaduras y su relevancia dentro de la historia narrada. Debe hacerse notar, finalmente, que el caso de obras con tachaduras no siempre se han relacionado todas ellas en el apartado “Tachaduras”, sobre todo si eran muy numerosas y de parecido carácter. En estos casos, se ha señalado para el conocimiento del lector.

         Esperamos ofrecer a toda aquella persona interesada en el fenómeno censorio una muestra representativa del mismo. En particular, nos gustaría que sirviera para que aquellos investigadores que comienzan a interesarse en la historia de la literatura española durante el franquismo sientan la necesidad de utilizar los fondos de este archivo tan pródigo en datos no solo acerca de la represión cultural, sino también de tan hondas implicaciones para la creación, producción y difusión de nuestra literatura.

Fernando Larraz

GEXEL-CEFID/Universidad de Alcalá

fernando.larraz@uah.es

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